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ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por carla rodriquez on January 23, 2004 11:54AM

quisiera saber como funciona el ministerio del traba jo y la inspectoria del trabajosu estructura y con respectoa la inamovilidad laboral,como será el procedimiento para el reenganche del trabajador. gracias
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por gustavo castro on March 7, 2004 11:15AM

Carla:

El procedimiento lirteralmente se denomina calificaciòn de despido, el cual deviene en una providencia administrativa, que dictael Inspector del Trabajode la Jurisdicciòn que le corresponde al trabajador, de acuerdo a la ubicaciòn ela empresa, que de ser declarado con lugar ordena el reenganche del trabajador y el pafo de los salarios caidos (dejados de percibir), en el tiempo que se desarrollo el procedimiento.-
El mismo se inicia mediante solicitud escrita por ante el Inspector del Trabajo, dependiendo de la naturaleza de la solicitud, si es por inamovilidad por reposo pre o post natal, en el departamento de fuero maternal, de ser el caso de un trabajador amparado por la inamovilidad por la discuciòn de contrataciòn colectiva en el mismo, o si es un trbajador protegido por la inamobilidad decretada por el Gobierno Nacional.-

Lo que cambia en relaciòn alos dos primeros casos con el tercero son los lapsos, ya que para ejercer el recurso en los dos (2) primeros, se puede hacer dentro delos treinta dìas despues de notificado del despido y en el ùltimo caso dentro edos cinco (5) dìas siguientes, dichos lapsos son de los denominados fatales, que una vez fenecido pierdes el derecho ejercer esa acciòn o derecho.-

Una vez admitda la solicitud y notificado el patrono, este debe comparecer por ante la Inspectorìa del Trabajo, al tercer dìa (si no me equivoco), en ua hora determinada y de no comparecer a esa hora establecida, se da una hora de espera, para que tenga lugar el acto de contestaciòn, en el mismo el funcionario del trabajo interroga, al patromno o su apoderado en lo siguiente: 1.- Si reconoce que el accionante fue su empleado o trabajador; 2.- Si es cierto que fue despedido y 3.- Si recono la inamobilidad.- (Este ùltima para los dos primeros casos).-

Dicho acto de contestaciòn y el interrogatori, queda plasmado en un acta que suscriben tantolas partes como sus apoderados, una vez concluido ese acto que da abierto apruebas el procedmiento durante ocho (8) dìas para promover y evacuar pruebas, mediantela cual pueden las partes promover las pruebas permitidas de acuerdo al Còdigo e Procedimiento Civil.-

Una vez concluido dicho lapso, ambas partes pueden presentar las conclusiones que crean pertinentes para ilustrar al Inspector del Trabajo, quienposteriormente dictara la providencia adminsitrativa mediante la cual declarara si declara con lugar o no el procedimiento y ordenarà de ser el caso el renganche del trabajador y el pago de los salarios caidos.-

Suerte, esspero haberte ayudado
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por josefina on March 7, 2006 12:51PM

Buenas tardes. mi duda es con respecto a la inamovilidad laboral.

tengo un trabajador problematico ydecidimos prescindir de sus servicios pero le comunicamos que le cancelariamos todo lo correspondiente a sus preestaciones, art 125 y el tiempo que resta de vigencia del decreto de inamovilidad. ahora parece que el trabajador ya inicio un procedimiento ante la inspectoria de trabajo, y me dice que le cancele la inamovilidad hasta septiembre, porque de igual forma el procedimiento en el ministerios del trabajo se va a demorar y ya se habra renovado el decreto.
mi pregunta es, como hago para paralizar el proceso y cancelarle solo hasta marzo. puedo consignarle el dinero en la inspectoria notificando mi insistencia en el despido?

de verdad les agradezco la ayuda que me puedan dar al respecto
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por America on April 1, 2006 7:55AM

Sr Gustavo Castro
Buenos dias

Mi pregunta es la siguiente

por que en la pagina del ministerio del trabajo no aparace el decreto de la inamovilidad con su gaceta inmediatamente, y por que no han subido el monto, igual todos los trabajadores ya casi estamos ganando lo decretado en la gaceta de inamovidad

Gracias

America
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por maria de castro on April 28, 2006 4:41PM

Mi duda es acerca del procedimiento administrativo que lleva la Inspectoría en caso de reclamación de un trabajador por pago de prestaciones sociales o diferencia de las mismas. Cuàl es su base legal y en quéconsiste y cuales son sus pasos, porque me he encontrado que cada inspectoría tramita esos casos de manera diferente y eso atenta contra la seguridad jurídica.
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por amalia on May 18, 2006 11:51AM

¿Una mujer contratada por tiempo determinado, goza de inamovilidad laboral (fuero maternal) si sale embarazada antes de la culminación de su contrato de trabajo?

Gracias.
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por ADRIANA PARRA on May 31, 2006 2:27PM

cuanto tiempo es el reposo pre y post natal? en donde trabajo las vacaciones son colectivas en diciembre y mi reposo es para ese tiempo, mi reposo post natal esta contemplado dentro de las vacaciones o despues de transcurrir el tiempo de vacaciones se siguen contando los dias del reposo?
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por Nelly on June 26, 2006 12:33PM

Buenas tardes quisiera saber cuanto de cuanto tiempo es legalmete el reposo pre y post natal ya que me han dicho en varias oportunidades que el presdente aumento el reposo y no se en que gaceta buscarlo para traerlo a la empresa donde trabajo...

Gracias
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por gabriela luces on July 5, 2006 6:38PM

Buenas tardes quisiera saber cuanto tiempo es legalmete el reposo pre y post natal? Tengo informacion de que a partir del 1 de Mayo fue aumenyado pero quisiera saber si ya esta en gaceta oficial y en donde la puedo ubicar... gracias
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Re: ministerio del trabajo y la inspectoria
Enviado por gabriela luces on July 5, 2006 6:39PM

Buenas tardes quisiera saber cuanto tiempo es legalmete el reposo pre y post natal? Tengo informacion de que a partir del 1 de Mayo fue aumentado pero quisiera saber si ya esta en gaceta oficial y en donde la puedo ubicar... gracias
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